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Del Anillo del Rey al Papel Sellado

Desde el inicio de los tiempos, la ficción legal que agrupa a los habitantes de determinada región, ha procurado la obtención de recursos para sostener los intereses comunes que le dan sentido colectivo.  Dicho en otras palabras, la Tribu, Ciudad, Reino, Imperio u Estado, ha necesitado de tributos para garantizar los intereses de sus integrantes.


De allí, la diversidad de tributos que han existido a lo largo de la historia. Algunos más interesantes que otros. En la antigua roma, por ejemplo, existió un impuesto que gravaba la orina; en la Francia victoriana, el uso de pelucas ostentosas era objeto de impuesto y en la Rusia del Siglo XVII quienes llevaran barba, debían tributar por ello.


En la actualidad, el pago de impuestos tiende a causar molestias a quienes los pagan, pues no siempre se obtiene de parte del Estado aquello que se busca. En el caso de Guatemala, es el Estado quien debe garantizar la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona (ver artículo 2 de la Constitución Política de la República de Guatemala), pero tal ideal, no siempre se cumple.


Sin embargo, dentro de nuestro ordenamiento jurídico, existe un impuesto curioso, cuyo propósito es brindar seguridad jurídica a aquellos documentos actos que por su naturaleza contienen actos y contratos que así lo requieren. Me refiero al denominado “Impuesto de Timbres”, que en Guatemala se denomina “IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES Y DE PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS” y se encuentra contenido en el Decreto 37-92 del Congreso de la República de Guatemala, pero no es el único caso, pues también existe el timbre notarial, médico, de prensa, entre otros.


Éste impuesto, no es nuevo para la humanidad. Su origen se remonta a civilizaciones tan antiguas como los sumerios y acadios, aquellas en que fueron cuna de la humanidad, pues en aquel entonces, los documentos reales, debían sellarse con el anillo del Rey, lo cual brindaba al documento la certeza y seguridad respecto de su autenticidad, ya que el anillo del Rey poseía un intrincado diseño cuya falsificación era prácticamente imposible. Esta práctica continúo sin importar el imperio o civilización de la que se tratase, lo que nos demuestra que como seres humanos, tendemos a buscar la seguridad en los actos que hacemos o contratos que celebramos, ya que de esa forma velamos por la integridad de nuestro patrimonio.


En la actualidad, el “timbre” es una estampilla, que al igual que un billete o papel moneda, está respaldado mediante mecanismos que protegen y comprueban su autenticidad y que se adhiere en un papel especial que se denomina “Papel Sellado Especial para Protocolos”, brindando ambos autenticidad al documento del que se trate así como al acto que en el mismo se contiene.


Le invito a estar atento a próximas publicaciones, ya que analizaremos el IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES Y DE PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS, sus particularidades, alcance y aplicaciones específicas en el contexto legal guatemalteco.

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