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Foto del escritorLic. Oscar Chile Monroy

EFECTO FISCAL DEL CHEQUE DIGITALIZADO

Actualizado: 3 sept 2021

La figura del cheque digitalizado surge como consecuencia de las modificaciones al Código de Comercio, introducidas a través del Decreto 6-2020. El artículo 3 de dichas reformas adicionó el articulo 511 Ter al Código de Comercio y la parte conducente que es la que para el tema en cuestión nos interesa, establece que el cheque digitalizado por el banco con constancia de que es fiel, tendrá los mismos efectos legales que los cheques físicos.

En virtud de lo anterior, desde las reformas al Código de Comercio los bancos ya no entregan los cheques físicos, porque ese mismo decreto 6-2020 establece una serie de procedimientos desde la cámara de compensación, cruce de cheques y que todo el manejo de cheques es de manera digitalizada y que quedan plenamente legalizados por ese decreto 6-2020. Entonces en el caso del cheque digitalizado, para los contribuyentes, desde el punto de vista fiscal, cuando la Administración Tributaria requiera el documento físico (original) del pago, legalmente es viable entregar los cheques digitalizados y para que tenga efectos como si fuera un cheque físico, el banco tiene que hacer la observación que es una copia fiel al cheque emitido, con esa constancia y con esa descripción del banco, el cheque digitalizado tiene el mismo efecto que el cheque físico.

Es importante tomar en cuenta esa disposición para efectos fiscales, en los casos que la autoridad tributaria solicite determinado cheque, el banco entregará cheque digitalizado y el mismo tienen efectos legales en todos los ámbitos y en el tributario no es la excepción. Funciona como si fuera el cheque físico.


Con esa disposición legal se ha dicho adiós a los cheques físicos, ya que solo se contarán con los digitalizados.


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