top of page

RECUPERACIÓN de IMPUESTOS

A partir del 29 de noviembre se encuentra vigente el Decreto 17-2025, Ley para la Facilitación de Devolución de Impuestos, una reforma clave que abre nuevas oportunidades para que las empresas en Guatemala recuperen recursos que, en muchos casos, han permanecido inmovilizados durante años, para el efecto reforma las siguientes leyes:

 

REFORMAS A LA LEY DEL IVA

Se modifican las disposiciones relacionadas con la devolución del crédito fiscal, incorporando mecanismos que permiten contar con disponibilidad financiera para atender solicitudes de forma más ágil. En la práctica, esto ya se está reflejando en procesos de devolución más rápidos.

Además, se elimina un requisito que históricamente generaba retrasos: la validación del Banco de Guatemala sobre el cumplimiento de liquidación de divisas por parte de los exportadores. Este cambio reduce cargas administrativas y elimina cuellos de botella innecesarios.

 

REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO

El artículo 153 del Código Tributario ha sido fortalecido, ampliando de forma importante los supuestos que permiten solicitar la restitución de impuestos. Ahora es posible recuperar:

  • Saldos de crédito fiscal del IVA

  • Retenciones no compensables

  • Pagos en exceso o indebidos de cualquier tributo, incluyendo intereses, multas y recargos

Un aspecto especialmente relevante es que la norma reconoce las “retenciones” sin distinguir el tipo de impuesto, lo que abre la puerta a recuperar retenciones de ISR, IVA y otros tributos. Esto representa un cambio sustancial para muchos contribuyentes que, hasta ahora, enfrentaban procesos complejos y prolongados.

Adicionalmente, las solicitudes por pagos indebidos podrán resolverse sin auditoría previa, limitándose la administración a verificar el pago y su condición. Esto reduce significativamente los tiempos de resolución. El contribuyente también podrá optar entre solicitar la devolución o acreditar el saldo a impuestos futuros.

 

CAMBIOS EN LA DEVOLUCIÓN DEL IVA RETENIDO

Se corrige un trato históricamente desfavorable al eliminar la obligación de abrir cuentas bancarias exclusivas y la restricción de uso de los fondos recuperados.

Ahora, las empresas que tienen acumulados durante dos años consecutivos saldos de crédito fiscal por retenciones del IVA que no puedan compensar, podrán solicitar su devolución conforme a los procedimientos del Código Tributario. Esto convierte en recuperable un monto que antes, en la práctica, quedaba inmovilizado.

 

¿SU EMPRESA TIENE RECURSOS SIN RECUPERAR? 

Muchas empresas cuentan con saldos a favor, retenciones acumuladas o pagos indebidos que nunca han sido reclamados, ya sea por desconocimiento, complejidad del proceso o falta de seguimiento técnico.

Hoy, con este nuevo marco legal, recuperar esos recursos es más viable que nunca.


LE AYUDAMOS A RECUPERAR LO QUE LE CORRESPONDE

En nuestro equipo analizamos su situación fiscal, identificamos oportunidades reales de recuperación y gestionamos el proceso de forma técnica y estratégica, reduciendo riesgos y tiempos.

 

Si desea evaluar su caso o conocer el potencial de recuperación de su empresa, contáctenos.  Es posible que su empresa tenga recursos importantes esperando ser recuperados.


Para ampliar el tema de la recuperación de impuestos, ponemos a disposición esta conferencia grabada, sin costo, el cual es exclusivo para nuestros suscriptores del Termómetro Fiscal. Si desea participar, llene el formulario disponible en este enlace.  Si aún no se ha suscrito, puede hacerlo llenando el mismo formulario.

 



 
 
 

Comentarios


©Termómetro Fiscal es una marca registrada. Todos los derechos reservados. Guatemala 2019.

bottom of page