¿FACTURAS POR CLIENTES VARIOS?
- Lic. Oscar Chile Monroy
- 2 sept 2021
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 3 sept 2021
Varios contribuyentes del régimen normal del Impuesto al Valor Agregado (IVA), nos han preguntado si en el caso de ventas por Q1, Q2 u otros montos menores, tienen obligación de emitir factura individualizada para cada venta o pueden consolidar esas ventas emitiendo una sola factura al final del dÃa a clientes varios.
Al respecto es importante tener presente que la ley del IVA no le permite hacer eso al contribuyente del régimen general del Impuesto al Valor Agregado. Para comprender mejor el tema, presentamos un ejemplo exagerado, como lo podrÃa ser el caso de una venta o prestación de servicios por un centavo, por dicha operación se debe emitir una factura al cliente adquirente. Si consolida todas las ventas al final del dÃa, ello es una mala práctica y la consecuencia serÃa la imposición de la sanción de cierre del negocio, porque el artÃculo 85 del Código Tributario establece que una de las causales del cierre de negocios es no emitir y no entregar los documentos tributarios en el plazo y forma que establece la ley y al respecto el artÃculo 34 la ley del IVA exige que se emita la factura por cada venta individualizada en el momento de la entrega real del bien y en el caso de la prestación del servicio en el momento de percibir la remuneración. De tal cuenta, no hay que perder de vista que la factura debe ser individual sin importar su monto.
El único caso en la ley del IVA que un contribuyente puede emitir al final del dÃa una sola factura por ventas o servicios prestados menores de Q50, es el pequeño contribuyente, quienes pueden consolidarlas en una sola factura a nombre de clientes varios. Asà está establecido en el artÃculo 49 de la ley del IVA, reiteramos, esto es única y exclusivamente para pequeños contribuyentes del IVA.
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