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¿FRACCIONAR FACTURAS POR VENTAS?

Actualizado: 26 ago 2021

¿Se puede fraccionar una factura por la venta de un bien? Es decir, la empresa entrega el bien pero decide ir facturando conforme le vayan pagando. Es una de las preguntas que también nos han hecho en diversas oportunidades. Por ejemplo, la venta y entrega de un equipo por determinado valor cuyo pago es en cuotas cada mes, durante seis meses, cabe la pregunta si se puede emitir una factura cada mes por el valor de la sexta parte, durante los 6 meses.

Amigos lectores, conforme al artículo 34 de la ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) esa práctica es errónea, no se puede hacer. Si se llegara a facturar de esa manera, se estaría incurriendo en una sanción tributaria que consistiría en pago extemporáneo del IVA porque el artículo 34 exige que por la venta de bienes muebles la factura se debe de emitir en el momento de la entrega real del bien, es decir se emite la factura por la totalidad del valor de la venta. Es erróneo interpretar que como el pago es en cuotas mensuales también se puede fraccionaría la factura, actuar así sería un error muy grave porque si la Administración Tributaria lo llegase a detectar y verifique que el bien se entregó y la factura se fraccionó, las posteriores facturaciones conllevaría un pago extemporáneo del IVA y eso genera una multa del 100% del impuesto más los intereses correspondientes.

En resumen, el artículo 34 de la ley del IVA establece: “En la venta de bienes muebles, las facturas, notas de débito y notas de crédito, deberán ser emitidas y proporcionadas al adquiriente o comprador, en el momento de la entrega real de los bienes.” Obviamente ello es independiente de la forma de pago, crédito o contado, la factura se emite y se proporciona en el momento de la entrega del producto.


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