top of page

INICIATIVA DE LEY: ELIMINACIÓN DEL ISR

Actualizado: 4 abr 2020

INICIATIVA DE LEY: ELIMINACIÓN DEL ISR

Oscar Chile Monroy

mgi@chilemonroy.com


El reciente 11 de junio de este año, dos legisladores presentaron al Congreso la iniciativa de ley denominada ELIMINACIÓN GRADUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR). El documento consta únicamente de 5 artículos.


No entramos a analizar las implicaciones de la pretendida derogatoria, ya que nos parece que es una iniciativa hecha precipitadamente y no consideró las implicaciones de las demás regulaciones contenidas en la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012. Así como está planteada, se puede predecir que no tendría aprobación por parte del pleno.


En el artículo 1 se indica que se deroga por completo el Decreto 10-2012, Ley del Impuesto Sobre la Renta, eliminándose el ISR del sistema jurídico guatemalteco a partir del año 2024.


El segundo artículo, se refiere a la gradualidad y se indica lo siguiente:


Durante el año 2020 el ISR se mantiene vigente en todos los regímenes tributarios, a partir del 2021, los regímenes tributarios quedarían así:


a) Régimen sobre utilidades de actividades lucrativas, se aplicaría un impuesto a la base imponible así:


15% para el año 2021

10% para el año 2022

5% para el año 2023


b) Régimen opcional sobre ingresos de actividades lucrativas, se aplicaría un impuesto a la base imponible así:


5% para el año 2021

4% para el año 2022

2% para el año 2023


c) Régimen sobre renta de trabajo en relación de dependencia, el ISR, sería así:


5% para el año 2021

3% para el año 2022

2% para el año 2023


El mismo artículo de la iniciativa indica que se mantienen vigentes todas las demás disposiciones del Decreto 10-2012 hasta el 31 de diciembre del año 2023.


En el artículo 3 se ordena a la SAT tomar medidas para ampliar la base tributaria, reducir el contrabando y la corrupción en aduanas, facilitar y mejorar la recaudación de todos los demás impuestos.


El artículo 4 ordena al Organismo Ejecutivo realizar evaluaciones en todas sus dependencias para racionalizar el gasto, cerrar dependencias innecesarias o superfluas.

Finalmente el artículo 5 de la iniciativa indica que el Decreto entrará en vigencia 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial.


Al leer la iniciativa, por su contenido y además por los errores que contiene, no vemos que sea viable su aprobación, porque entre otros errores se destaca el siguiente:


Al indicar que se deroga por completo el Decreto 10-2012, Ley del Impuesto Sobre la Renta, se comete error en el nombre de la ley, ya que dicho decreto se denomina Ley de Actualización Tributaria, el cual contiene VII libros. El libro I es el que corresponde al ISR. Al derogarse por completo el decreto 10-2012 se estarían eliminando también los demás libros que contienen otros impuestos, tales como reformas al IVA, Impuesto de Circulación de Vehículos, Timbres fiscales, entre otros más.


Les dejamos la información, para que ustedes saquen sus propias conclusiones de la seriedad o no de esta iniciativa, que más bien parece un tema ideal para el 28 de diciembre.


Consultorías, defensa fiscal, planificación tributaria, auditoría, precios de transferencia, valuación de empresas, proceso de contabilidades, constitución, fusión, liquidación de sociedades, solicitudes devolución de créditos fiscales y otros servicios relacionados: www.chilemonroy.com

Tel. 2203 0909

WhatsApp 3554 8341


Explicación de temas tributarios, financieros, contables y empresariales, invitados cordialmente a suscribirse a nuestro canal en YouTube.

414 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page