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REQUISITOS Y COSTOS PARA INSCRIBIR SOCIEDADES DE EMPRENDIMIENTO

Actualizado: 4 abr 2020

A continuación, transcribimos la información obtenida de la página del Registro Mercantil, para aquellos emprendedores, ya pueden iniciar con la inscripción de sus sociedades de emprendimiento y lo novedoso es que puede ser con un solo accionista. Les dejamos la nota:

"Registro Mercantil inicia con inscripción de Sociedades de Emprendimiento


Guatemala 18 de julio de 2019. A partir de hoy, tanto el Registro Mercantil –RM– como la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT–, darán trámite al proceso de inscripción de las Sociedades de Emprendimiento, que figuran dentro del Decreto número 20-2018 del Congreso de la República (Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento).


El 29 de octubre del 2018, por medio del Decreto número 20-2018 del Congreso de la República, se aprobó la Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento, la cual entró en vigencia 2019 y su Reglamento fue aprobado con fecha el 29 de marzo de este mismo año.


Esta norma estableció como objetivo específico crear un nuevo tipo de sociedad mercantil para la constitución de una sociedad de emprendimiento, la que podrá ser integrada por uno o más accionistas en manera expedita.


Según el reglamento respectivo, la figura de Sociedades de Emprendimiento fue creada como sociedades de inscripción simplificada, con el objetivo de aumentar la formalización de empresas emprendedoras.


La Ley citada, fija lineamientos que permiten el funcionamiento adecuado de las Sociedades de Emprendimiento, como una herramienta para la implementación formal de los emprendimientos. Además, brinda las facultades necesarias al RM, para ser el rector de las Sociedades de Emprendimiento en cuestión de la autorización y registro.


También ordena emitir un reglamento que permitirá desarrollar y aplicar los contenidos en dicha ley, lo que favorece al emprendedor guatemalteco, empoderando y fortaleciendo sus capacidades y ecosistema. El marco jurídico, cobra significado para la mejora de las capacidades y competencias del emprendedor guatemalteco y el apoyo a la creación de empresas más productivas en las regiones más influyentes del país.


Una vez completado el proceso de inscripción de la Sociedad de Emprendimiento ante el RM, los emprendedores gozarán de todas las ventajas que proveen las herramientas electrónicas existentes para facilitar el pago de sus impuestos y la operatividad de sus empresas por medio de las plataformas Declaraguate, Agencia Virtual, Factura Electrónica en Línea FEL, y el Asistente Virtual RITA, disponibles desde la página web de la SAT, institución que está lista con sus sistemas operativos y procesos para inscribir a las Sociedades de Emprendimiento, según los lineamientos establecidos por el Ministerio de Economía.


Características de las Sociedades de Emprendimiento:


· Para la inscripción de Sociedades de Emprendimiento no será necesaria realizar escritura pública, por lo que se podrá realizar el trámite por medio de la plataforma en línea del Registro Mercantil www.minegocio.gt

· Las Sociedades de Emprendimiento podrán ser conformadas con uno o más socios, por lo que se convierten en sociedades unipersonales para su funcionamiento.

· Las Sociedades de Emprendimiento podrán recibir aportes dinerarios de hasta Q500,000.00 deducibles de impuestos para su crecimiento y desarrollo.

· Toda Sociedad de Emprendimiento deberá transformarse a otro tipo de sociedad si rebasa sus rentas totales en Q5,000,000.00 anuales.

· Toda Sociedad de Emprendimiento contará con acciones que tendrán un límite de hasta dos años para pagarse.

· El administrador de la Sociedad de Emprendimiento deberá ser accionista de la misma para poder ejercer como tal.


Requisitos para inscripción:


1.Solicitar en el Registro Mercantil una certificación de autorización de uso de la denominación de la sociedad de emprendimiento, pagando el arancel correspondiente; al ya tener tal certificación continuar con el paso

2.Ingresa página web del Registro Mercantil

3.Llenar la solicitud de inscripción

4.Proceder a suscribir con firma electrónica avanzada la solicitud y el contrato social (los estatutos sociales) por los accionistas.

5.Cargar electrónicamente al portal del Registro Mercantil los siguientes documentos:

6.a. Contrato firmado con firma electrónica avanzada por cada uno de los accionistas.

7.b. Boleto de ornato de uno de los accionistas

8.c. Certificación de autorización de uso de la denominación emitida por el Registro Mercantil a uno de los accionistas.

9.d. DPI de cada uno de los accionistas

10.e. Boletas de pago conforme al arancel del Registro Mercantil de:

1. i. Elaboración de edicto Q 30.00

2. ii. Publicación del edicto Q 200.00

3. iii. Autorización de libros. Según cantidad de hojas

4. iv. Si el capital autorizado es de Q500,000.00 o más deberá pagar el arancel de Q.8.50 por millar de capital autorizado, mismo que no excederá de Q40,000.00 Además deberá pagar arancel correspondiente a la inscripción de nombramiento de representante legal de Q150.00 y arancel correspondiente a la inscripción de empresa mercantil de Q100.00”


Contacto +(502) 2412-0200 8a. Avenida 10-43 Zona 1 Ciudad de Guatemala Guatemala, CA comunicacionsocial@mineco.gob.gt Horario: Lunes a Viernes de 8 a 16 horas”


Tomado de:
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