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MANEJO FISCAL de UTILIDADES

Desde una perspectiva eminentemente fiscal, su tratamiento requiere especial cuidado y una comprensión técnica de su origen. Cada ejercicio concluido refleja el incremento de este rubro, derivado exclusivamente de las ganancias generadas, las cuales ya fueron objeto de liquidación del Impuesto sobre la Renta (ISR). La reducción de dichas utilidades, por su parte, se produce principalmente cuando la asamblea aprueba formalmente su distribución o su capitalización. Se debe considerar que el Código de Comercio exige que, en los casos de pérdidas obtenidas de ejercicios anteriores, éstas deben ser reintegradas o reducidas de las utilidades, quedando únicamente el remanente disponible para su distribución a los accionistas o socios.

Un error frecuente en la práctica contable es que algunos departamentos financieros compensan cuentas por cobrar a socios contra el superávit acumulado, sin que exista resolución de asamblea que lo autorice. Este proceder genera contingencia fiscal inminente, ya que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) fiscaliza con especial detenimiento las disminuciones en las ganancias y suele requerir explicación documentada. La falta más común en estos casos es no aplicar la retención del 5% sobre dividendos distribuidos. En consecuencia, cuando la reducción no está respaldada legalmente, el ente fiscalizador la puede calificar como distribución.

Otra equivocación que merece atención ocurre cuando se detectan fallas en ejercicios anteriores y se pretende corregir afectando directamente las ganancias acumuladas. Algunos contadores incrementan este rubro para reflejar ajustes contables, pero ello implica un riesgo significativo.  Al no haberse pagado el ISR sobre ese aumento, la SAT puede calificarlo como un incremento injustificado, salvo que exista una causa debidamente fundamentada en la ley.

La regla general es clara y sencilla: las utilidades acumuladas no deben alterarse salvo para reducir las pérdidas de ejercicios anteriores, por su capitalización o para su distribución, las cuales deben ser acordadas expresamente en acta de asamblea de accionistas. Al autorizarse la distribución, cuando se efectúe el pago debe procederse con la retención del 5% del ISR. Actuar de manera distinta es abrir la puerta a contingencias tributarias que pueden comprometer recursos que podrían destinarse a la operación misma del negocio.

CONFERENCIA:

En la dinámica entre empleados, empresas y propietarios individuales surgen situaciones especiales que exigen un análisis profundo, tanto desde la óptica del ISR como de la Seguridad Social. Comprenderlas y aplicar buenas prácticas no solo fortalece la gestión empresarial, sino que también reduce riesgos fiscales de manera inteligente. Por ello, extendemos una invitación especial a nuestra próxima conferencia, donde compartiremos recomendaciones clave y estrategias prácticas que no querrán perderlas. ¡Ser parte de esta experiencia elevará su conocimiento a un nivel que ayudará a reducir riesgos fiscales y de seguridad social!


Capacitación ONLINE

GESTIÓN FISCAL y RIESGOS DE LAS REMUNERACIONES

Costo Q.450.00

Miércoles 08 de octubre 2025.

De 8:30 a 10:30 A.M.

 TEMARIO

1. Deducciones y requisitos en el ISR

 Condiciones legales para la deducibilidad de sueldos y demás remuneraciones.

 Requisitos simultáneos exigidos por la ley tributaria.

2. Riesgos fiscales y laborales en las remuneraciones

 Sueldos vs. honorarios: riesgos de reclasificación por la SAT.

 Periodo de prueba: tratamiento fiscal y laboral.

 Declaración del ISR de empleados: riesgos patronales y contingencias.

3. Seguridad social y remuneraciones especiales

 Régimen IGSS: inclusión y exclusión de representantes legales, socios, propietarios y cónyuges.

 Bonificaciones afectas y no afectas al IGSS.

 Indemnización: implicaciones fiscales, seguridad social y la ventaja de la reserva de indemnización.

4. Remuneraciones a partes relacionadas y familiares

 Sueldos y salarios a socios, familiares y cónyuges: requisitos y riesgos fiscales.

 Documentación de respaldo para evitar reparos.

5. Pagos especiales, prestaciones laborales y deducibilidad condicionada

 Aguinaldo, Bono 14 y otras prestaciones: exigencias para su deducción.

 Vacaciones: tratamiento fiscal y en seguridad social.

 Viáticos: dos tratamientos, requisitos y documentación obligatoria.

 Dietas: respaldo documental y condiciones para deducción.

 Casos en que procede emitir factura especial a empleados.

6. Cumplimiento documental y efectos fiscales

 Libro de salarios y planillas: consecuencias fiscales de su incumplimiento.

Costo Q.450.00

Incluye diploma y material, digitales.

Miércoles 08 de octubre 2025.

De 8:30 a 10:30 A.M.

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