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REGIMEN GENERAL Y PEQUES ANTE LA NUEVA LEY

Foto del escritor: Lic. Oscar Chile MonroyLic. Oscar Chile Monroy

Con el Decreto 31-2024 que contiene la nueva norma tributaria que se denomina Ley Para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario, que además de crear los dos nuevos regímenes que abreviados se conocen como Régimen Primario y Pecuario (RPP), estará cambiando las reglas del juego fiscal para los contribuyentes del régimen general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de los Pequeños Contribuyentes (Peques).

Para los del régimen general del IVA cuyos ingresos por ventas o servicios prestados no superen los 125 salarios mínimos anuales para las actividades no agrícolas del departamento de Guatemala, que para el año 2025 es de Q.3,723.05, cuyo monto anual resulta en Q.465,381.25, pueden decidir trasladarse al régimen de los peques.  En otras palabras, de Q.150,000.00 el nuevo monto será esos Q.465,381.25.  El traslado es opcional no obligatorio, pero es de advertir que solo porque el techo se ha ampliado se tome la decisión del cambio de régimen, no es así, sino que lo que se debe hacer es determinar si efectivamente en el régimen de los peques se va a pagar menos impuesto.  La decisión para cambiarse tiene que ser en función de optimizar los impuestos y para ello debe analizar su situación particular.

Ahora bien, los contribuyentes que ya vienen operando en el régimen de los peques y sus ingresos en el año 2024 no excedió los Q.150,000.00, no deben hacer ninguna gestión ya que el nuevo techo de ingresos de Q.465,381.25 opera de pleno derecho, por lo que para el año 2025 sus ingresos pueden superar esos Q.150,000.00 hasta el tope de los 125 salarios mínimos indicados en el párrafo anterior.

Es diferente el caso de los peques que en el año 2024 sus ingresos excedieron los Q.150,000.00, para ellos la ley del IVA vigente, decreta que para el presente año se deben trasladar al régimen general del IVA y escoger en qué régimen del impuesto sobre la renta (ISR) se van a inscribir.  La ley dice que si no se trasladan la autoridad tributaria los podrá inscribir de oficio en el régimen normal del IVA y en el del ISR sobre las utilidades de actividades lucrativas, cuya tarifa es el 25% sobre las utilidades.

En ese orden de ideas es recomendable analizar su situación y tomar las decisiones correspondientes a efecto de no incurrir en pagar más impuesto.

¿Cómo determinar si alguien del régimen general del IVA le conviene trasladarse a los peques? ¿Puede alguien del régimen general del IVA también inscribirse en uno de los dos regímenes especiales de la nueva ley? ¿Puede uno de los peques inscribirse también en uno de los dos regímenes especiales de la nueva ley? ¿Qué otros caminos le quedan al peque que en el año 2024 sus ventas o servicios excedieron a los Q.150,000.00?  Todo ello y otros temas relevantes más, análisis y ejemplos prácticos los estaremos explicando en nuestra próxima conferencia, cuya información aparece en la información de abajo.


NUEVA FECHA

"NUEVA LEY PARA LA INTEGRACIÓN DEL SECTOR PRODUCTIVO PRIMARIO Y AGROPECUARIO, DECRETO 31-2024"

 Capacitación ONLINE

"Analizaremos a fondo las disposiciones, abarcando las distintas fechas de vigencia, su interpretación y criterios que pueden aplicarse.".

Costo Q.395.00

 TEMARIO

 Los nuevos regímenes especiales y las nuevas tarifas impositivas. Requisitos, obligaciones, etc.

 El monto máximo de ventas que utiliza unidad de medida los salarios mínimos.

 ¿Cuál de los dos salarios mínimos aplica? ¿El del departamento de Guatemala o el de los demás departamentos? Explicaremos el fundamento legal.

 Complicación en las cooperativas en cuanto a la exención del ISR.

 ¿Como opera la dualidad de regímenes en el IVA y en el ISR?

 Las reformas a la Ley del IVA, sus implicaciones para el régimen general.

 La ampliación del techo de ingresos no quiere decir traslado automático al régimen de pequeño contribuyente.

 Explicaremos el fundamento para tomar la decisión del traslado y así optimizar la carga impositiva.

 Los casos que hay obligación de llevar contabilidad y sus implicaciones en las retenciones

 Reformas al Código Tributario:

Reporte a la SAT de información sensible y nuevas informaciones que se exigen, Fecha obligatoria de actualización de datos,

Los diferentes casos que pueden ocasionar suspensión del contribuyente, Puede afectar las empresas sin movimiento.

 Análisis y aplicación lo que en nuestra opinión es la amnistía fiscal.

Costo Q.395.00

Incluye diploma y material, digitales.

MIÉRCOLES 29 ENERO 2025

Horario 8:30AM - 10:30AM

Expositor: Lic. Oscar Chile Monroy


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1 comentario


Vinicio Alvarez
Vinicio Alvarez
hace un día

son importantes los temas descritos para el gremio de CPA, contadores y empresarios, tal vez deberían implementar diapositivas que permitan visualización de algunos ejemplos prácticos, del tema que traten, o implementar diapositivas de todo el tema para efectos de facilitar la comprensión.

slds.

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