IGSS: Sueldos del propietario
- Lic. Oscar Chile Monroy
- 1 jul
- 3 Min. de lectura
El Acuerdo 1529 emitido por la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), vigente desde el 17 de enero 2023, contiene el reglamento de inscripción a dicho régimen.
Referente a la situación del empresario individual que labora para su propia empresa, negocio u oficina, no está obligado a tributar las cuotas de seguridad social, por las razones legales siguientes: El artículo 6 del Acuerdo 1529 obliga a todo patrono a inscribirse en el régimen de seguridad social y así mismo debe inscribir al trabajador o a los trabajadores y por otro lado el artículo 8 del mismo reglamento establece que tiene la calidad de patrono la persona individual o jurídica.
Es importante indicar que dicha norma no califica al patrono como trabajador y por tal motivo el propietario individual, aunque esté percibiendo sueldo de su propia empresa no tiene calidad de trabajador y por esa razón no está sujeto al pago de la cuota de seguro social. Ahora bien, si cuenta con un empleado o más, si debe inscribirse como patrono, pagar las cuotas patronales y descontar y pagar las laborales, de su o sus trabajadores.
En cuanto a la inscripción es importante indicar que el artículo 6 del nuevo reglamento establece que todo patrono está obligado a inscribirse en el Régimen de Seguridad Social y a inscribir al trabajador o a los trabajadores y así mismo el artículo 8 contiene la clasificación de estos y entre los cuales se indica que tienen calidad de patrono la persona individual o jurídica. Conforme a estas regulaciones se interpreta que toda persona, sin excepción alguna, es patrono el que cuente con uno o más trabajadores.
Capacitación ONLINE
RETENCIONES DEL ISR EN OPERACIONES LOCALES Y DEL EXTERIOR
Análisis práctico y casos especiales
Jueves 10 de Julio de 2025
De 10:00 A.M. a 12:30 P.M.
Costo Q.395.00
Incluye diploma y material, digitales.
INSCRIPCIONES: www.chilemonroycapacitaciones.com
TEMARIO
1. Sujetos Obligados a Retener.
Entidades lucrativas: régimen general y sus obligaciones de retención.
Entidades no lucrativas: cuándo y por qué deben actuar como agentes de retención.
Responsabilidad solidaria del retenedor ante omisiones.
2. Clasificación de las Retenciones por Naturaleza de la Renta.
Diferencia entre retenciones por actividades lucrativas vs. rentas de capital.
Tasas aplicables y momentos de retención.
Ganancias de capital: ¿Aplica o no la retención?
3. Tratamiento Especial en Retenciones a Entidades Estatales.
Operaciones con instituciones del Estado y sus implicaciones fiscales.
Casos en que no procede la retención y fundamento legal.
4. Regalías y Derechos por Uso de Activos Intangibles.
Regalías pagadas a residentes en Guatemala vs. regalías al exterior.
Casos especiales: licencias de software
Determinación de la base imponible y retención aplicable.
5. Publicidad y Servicios Digitales.
Publicidad contratada en redes sociales (Facebook, Instagram, Google Ads): ¿requiere retención?
Comunicaciones y plataformas online: Zoom, Microsoft Teams, WhatsApp Business, etc.
6. Uso y Prestación de Servicios Transfronterizos.
Servicios utilizados en el exterior y pagados desde Guatemala: ¿corresponde retención?
Viáticos en el extranjero: ¿Aplica retención?
Servicios prestados por guatemaltecos en el exterior con pagos recibidos localmente.
Determinación de la fuente de renta.
7. Tratamiento de Retenciones Practicadas en el Exterior.
Tratamiento de la retención extranjera en el ISR guatemalteco.
Casos de doble imposición
8. Riesgos Fiscales y Fiscalización.
Contingencias fiscales por falta de retención en operaciones digitales.
Sanciones por omisión o declaración incorrecta.
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Jueves 10 de Julio de 2025
De 10:00 A.M. a 12:30 P.M.
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